A) El ejido debió presentar el 90 por
ciento de su superficie afectada.
B) Los productores no debieron contar con más de
diez hectáreas de siembra.
C) Su producción no debió ser mayor a los 300 kilos de
grano por hectárea durante el ciclo de cultivo.
D) Debieron presentar planta en
pie (es decir deben contar aún con los retoños de la siembra) ante la
aseguradora que valida la afectación del ejido en cuestión. Entre otros.
Por Juan Carlos Sagredo.
Transmitido por Radio UDG Lagos el 18 de enero de 2012
Transmitido por Radio UDG Lagos el 18 de enero de 2012
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